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Tribunal niega otra tutela en la destitución de Petro

El recurso fue interpuesto por la ciudadana Marisol Gamboa. Este jueves en la mañana el organismo había negado otro de los recursos interpuestos por el Alcalde.

Luego del recurso que negó en horas de la mañana, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó otras dos tutelas que pretendían suspender la destitución e inhabilidad del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

El magistrado Samuel José Ramírez, quien el pasado viernes negó la primera de las 36 tutelas, fue el encargado de resolver los dos recursos que fueron interpuestos por Natalia de la Vega y Sergio Erick Lizarazo. Las dos tutelas fueron negadas por improcedentes.

Previamente, con ponencia de la magistrada Carmen Alicia Rengifo, el Tribunal negó en horas de la mañana de este jueves la tutela instaurada por el ciudadano Diego Ramos Díaz, quien en su calidad de desplazado argumentó que “eligió al señor Gustavo Petro como alcalde de Bogotá y al elegirlo le impusieron un mandato. Que si el Alcalde Mayor estaba cometiendo vías de hecho o fraudes económicos y sociales el ente encargado de investigarlo es la Fiscalía General de la Nación y la Contraloría General de la República”.

Por lo anterior, esta persona tuteló los derechos fundamentales al debido proceso, a la democracia y a la libre elección por voto popular y en consecuencia solicitó mediante este recurso se levantara la destitución e inhabilidad impuesta contra Gustavo Petro.

En respuesta, el Tribunal declaró “la falta de legitimación en la causa por activa del señor Diego Ramos Díaz”, por cuanto al realizar una consulta a la Registraduría Nacional del Estado Civil se comprobó que esta persona tiene inscrita su cédula para ejercer el derecho al voto en el municipio de La Plata (Huila), desde septiembre del 2011 y solo hasta el 9 de enero de este año la inscribió en Bogotá, específicamente en el barrio 20 de Julio.

En tal sentido, la corporación dijo en su fallo que “queda desvirtuada la condición de elector postulada por el actor en el libelo de la tutela, pues no teniendo inscrita su cédula en Bogotá para octubre del 2011, fecha para la cual se eligió al actual Alcalde Mayor de Bogotá, no resulta posible que haya participado en dichos comicios y en consecuencia frente a dicha elección no tiene derechos como elector que puedan protegerse por vía de tutela”.

Fuente: El Tiempo

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