La ley 1788 del 2016 asegura que las empleadas domésticas deben recibir la prima de servicios.

Antes de que se acabe el mes de junio los trabajadores que tengan un contrato laboral vigente con sus empresas deberán recibir la prima de servicios, la cual corresponde a uno de los beneficios laborales obligatorios que entregan las empresas dentro de las prestaciones de ley.
Este monto se deberá dividir en dos pagos, uno que se debe entregar en el mes de junio y el otro en el mes de diciembre. Generalmente dicho valor corresponde a un mes de salario del empleado que se divide en dos para cada pago correspondiente.
¿Todos los trabajadores en Colombia tienen derecho a la prima de servicios?
De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, que regula las relaciones laborales en Colombia, todos los empleados vinculados mediante un contrato laboral (ya sea a término fijo o indefinido) tienen derecho a recibir la prima de servicios.
En los casos en que el trabajador haya laborado por un periodo inferior a un año, el valor de la prima deberá ser calculado de manera proporcional al tiempo trabajado.
¿Qué sucede si no se paga la prima de servicios?
Es importante confirmar que su vínculo laboral esté respaldado por un contrato que incluya todas las prestaciones de ley. Esto le permitirá determinar si tiene derecho a recibir la prima de servicios.
Si usted cumple con los requisitos y no recibe este pago a más tardar el 30 de junio, tiene la posibilidad de iniciar un proceso legal ante un juez laboral para reclamar el valor correspondiente.
¿Las trabajadoras domésticas reciben prima de servicios?
Según el derecho establecido por la Ley 1788 del 2016, los empleadores tienen la obligación de entregar a las trabajadoras domésticas una prima de servicios. Esto se reconoció como un gran avance para aquellas personas que trabajan en este sector.
Es por esto que si usted hace parte del gremio de los trabajadores domésticos y tiene un contrato laboral con su empleador, debe recibir el pago de una prima de servicios dentro de su nómina del mes de junio.
¿Cómo se debe calcular el monto de la prima que reciben las empleadas domésticas?
El valor de la prima de servicios suele ser equivalente a la mitad de un salario mensual del trabajador. Es decir que si la empleada trabajó los 180 días del semestre y gana el salario mínimo legal vigente en Colombia, el cálculo que se debe realizar es:
- (1.424.500 (salario mínimo) + 200.000 (auxilio de transporte)) x 180
(días trabajados) / 360 (año laboral).
En el caso de que la empleada no trabaje tiempo completo, sino por días lo que se debe hacer es tomar el salario diario base con la suma del auxilio de transporte, luego multiplicar por el número de días trabajados a la semana y después hacer la multiplicación por 4,33, que corresponde al promedio de semanas que tiene un mes.
Ahora que sabes cuál es la cifra que reciben las empleadas domésticas por la prima, ¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
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