Listeners:
Top listeners:
Bogotá Candela 101.9 FM 🔥
Cali Candela 102.5 FM 🔥
Casanare Candela 94.7 FM 🔥
Eje Cafetero Candela 95.1 FM 🔥
Candela » Bogotá » Pilas, comer o tomar en Transmilenio te pude salir muy caro. ¿De cuánto es la multa?
Bogotá Ivania Aroca 30 mayo, 2024
Por si no lo sabías, hay una multa por comer o tomar en Transmilenio. Te contamos en cuánto puede salir este chiste.
Foto: @transmilenio / Instagram / (30/05/2024)Transmilenio se ha consolidado como uno de los sistemas de transporte público más utilizados en Bogotá. Tanto para estudiar, trabajar o realizar cualquier diligencia, los bogotanos han adoptado este servicio como una alternativa eficiente para moverse por la ciudad y evitar el tráfico pesado.
En la actualidad, en Transmilenio se presentan todo tipo de situaciones curiosas como peleas, shows en vivo y hasta trasteos. Una de las prácticas más comunes es la venta de productos, los vendedores ambulantes ofrecen una variedad de productos que van desde alimentos y bebidas hasta artículos de belleza y electrónicos. La presencia de estos vendedores ha normalizado el consumo de sus productos a bordo del transporte, pero lo que muchos no saben es que esto les puede salir bastante costoso.
Así es, comer o tomar en el sistema de transporte es una práctica ilegal y puede ser sancionada con multas bastante costosas. Según el Manual del Usuario del Sistema de Transmilenio y el artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia: “Se prohíbe fumar, comer o beber en el Sistema, así como ingresar en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas alucinógenas”.
Los usuarios que sean sorprendidos pasándose por la galleta esta normativa, pueden enfrentar una multa hasta de cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes. Para el año 2024, esto equivale a $173.333 pesos, considerando que un día de trabajo está valorado en 43.333 pesos.
Además, Transmilenio tiene otras normativas que pueden resultar en sanciones. Por ejemplo, no ceder el asiento a quienes lo necesitan, como personas embarazadas, en situación de discapacidad, adultos mayores o niños, también puede ser penalizado. Impedir el ingreso o salida de estas personas en los buses puede resultar en una multa similar, de cuatro salarios mínimos, como lo estipula el artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
Encuentra más de:
alcalde de Bogotá Bogotá Transmilenio
Sobre el autor
Comunicadora social y periodista de la Universidad Minuto de Dios. Con experiencia de más de 2 años en redacción de contenidos digitales y reportería. Actualmente, redactora de entretenimiento en Vibra y Candela Estéreo.
Contacto:
Haz parte de la familia Candela, regístrate, participa en nuestros concursos y gana