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¡Pilas! Estas son las excepciones para el día sin carro y sin moto del 1 de febrero del 2024

Debes tener presentes las excepciones para el día sin carro y sin moto del 1 de febrero del 2024, para que sepas cómo movilizarte en Bogotá.

Excepciones para día sin carro 1 febrero 2024

Como es costumbre en la capital del país, llega el primer día del año en el que no se podrán usar los vehículos particulares con el fin de mejorar la calidad del aire y el ambiente. Este se llevará a cabo este primero de febrero desde las 5 de la mañana hasta las 9 de la noche. Debes saber que tienes que cumplir con esta medida si tienes carro o moto particular, pues de lo contrario te podrías enfrentar a una sanción 572.514 pesos, además de la inmovilización del vehículo.

Excepciones para el día sin carro y sin moto del 1 de febrero del 2024

Eso sí, hay algunas excepciones para el primer día sin carro y sin moto que está enmarcado en el Decreto 036 de 2023. Son un total de 18, por lo que te las presentamos para que sepas si hacer parte de este grupo y podrías circular con normalidad. Los vehículos que pueden salir a las calles son:

  • Transporte público
  • Vehículos conducidos por personas en discapacidad o para su transporte, en cualquier caso, la persona en discapacidad debe encontrarse dentro del vehículo
  • Transporte escolar
  • Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.
  • Vehículos destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, incluyendo motocicletas
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos destinados al control del tráfico, incluyendo motocicletas y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP.
  • Control de emisiones y vertimientos, incluyendo motocicletas.
  • Vehículos de transporte de valores.

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Sobre el autor

Jhohann Sebastián Ángel

Comunicador social y periodista de la Universidad Sergio Arboleda. Con experiencia de más de 2 años en redacción de contenidos digitales. Actualmente, soy redactor de entretenimiento y SEO en Vibra y Candela Estéreo.

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