Este impuesto es uno de los tantos pagos anuales que deben realizar los dueños de vehículos en el país.
Foto: Canva
Las personas que son dueñas de un vehículo saben que durante el año deben hacer ciertas inversiones para pagar los diferentes impuestos que acarrea tener un automóvil o una motocicleta. Entre estos gatos que deben tener en cuenta estos usuarios existe el ‘impuesto vehicular’.
Este es considerado como un impuesto local y suele ser utilizado en gran parte para poder financiar algunas obras de infraestructura vial de cada uno de los departamentos del país. Aquellas personas que tienen un vehículo bajo su nombre deben estar atentos a la fecha límite de pago para que eviten recibir algún tipo de sanción legal.
¿Qué se puede financiar con el impuesto vehicular?
Estos recursos que se logran reunir con el pago del impuesto vehicular se financian los arreglos de las mallas viales, la semaforización de la ciudad y los programas de seguridad que existen en las carreteras, todos estos implementos son utilizados por cada uno de los conductores del país, por lo que de este pago se debe contribuir para este tipo de mejoras.
Cada uno de los contribuyentes, es decir las personas que son dueños de un vehículo, deben declarar y pagar el impuesto vehicular dentro del calendario fiscal actual para poder evitar diferentes sanciones económicas y cobro activo.
¿Cuándo se cumple el plazo máximo para pagar el impuesto vehicular?
La Secretaría Distrital de Hacienda le recordó a todos los que tienen un vehículo bajo su nombre que el próximo 25 de julio se cumple el plazo máximo para hacer el pago de este impuesto. Si usted no cancela el monto antes de esta fecha será reportado en cobro coactivo y se le irán haciendo recargos consecutivos a su deuda.
Además, es importante que tenga en cuenta que al no hacer este pago usted también podría ser sancionado con una multa económica que se suma al valor del impuesto que debe.
Multa por no pagar a tiempo el impuesto vehicular
La sanción que se le puede llegar a aplicar por no realizar este pago a tiempo equivale al 1,5% del impuesto por cada mes de retraso, hasta que se llegue a un tope del 100% del tributo. También existe una sanción mínima de siete UVT, que para este 2025 equivale a un total de 348.593 pesos colombianos.
A este monto añada también los intereses de mora, los cuales debe calcular sobre la tasa de interés moratorio que se encuentra establecida en la DIAN. Un ejemplo de cómo se calcula el valor que debe cancelar es:
Un contribuyente con una factura de $900.000 que pague el 26 de septiembre (dos meses y un día tarde) deberá asumir:
- Sanción: 1,5 % × 3 meses = 4,5 % ⇒ $40.500 (o la sanción mínima si resulta mayor).
- Intereses de mora: aprox. $16.900.
- Total a pagar: cerca de $957.400, 6 % más caro que la tarifa original.
¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
Te podría gustar…










