Atención usuarios de bicicletas eléctricas, scooters y patinetas: nueva ley establece velocidad máxima

El uso de estos vehículos se ha vuelto bastante común en el último tiempo, por lo que se tuvo que restringir su uso.

nueva ley para los vehículos eléctricos livianosFoto: Canva

Actualmente, son muchas las personas que han empezado a reemplazar el transporte público por otras opciones de transporte que resultan más rápidas y económicas. Entre estas se han popularizado las bicicletas eléctricas, scooters y patinetas.

Con la sanción que presentó el presidente Gustavo Petro el país está estrenando una ley en la que se pretende regular la circulación de los vehículos eléctricos livianos. Esta nueva normativa espera promover la movilidad sostenible. Esta ley también optó por categorizar este tipo de vehículos como vehículos livianos de uso individual.

Uno de los puntos que ha generado gran debate de esta nueva ley es que el gobierno eximió a estos vehículos de algunos requisitos como el Soat y la matrícula.

¿Por qué los vehículos eléctricos livianos no pagarán Soat?

El punto que más ha causado controversia de esta nueva ley que instauró el gobierno es la exención de ciertos requisitos comunes como la matrícula, Soat y licencia de conducción para este tipo de vehículos livianos que no superan los 60kg de peso.

Con esta nueva normativa se espera poder facilitar el acceso a estas opciones de movilidad sostenible para que sean más las personas que se sumen a esta iniciativa. Ante esta decisión los críticos argumentan que el inconveniente podría ser en caso de ocurrir un accidente las víctimas no podrían acudir a ningún tipo de seguro.

¿Cuál será la velocidad máxima para bicicletas eléctricas, scooters y patinetas, según ley colombiana?

En el caso de las bicicletas eléctricas deben contar con una asistencia al pedaleo que se desactive en el momento en que se deja de pedalear o en el momento en que llegue a cierta velocidad. Por otro lado, los ‘scooters’ y las ‘patinetas estarán limitados a 40 km/h en vías vehiculares y en las ciclorutas a 25 km/h.

Las personas deben tener al menos 16 años (o 12 en el caso de las ciclorrutas) y están obligados a utilizar un casco durante sus recorridos. Además, también deben tener prendas reflectivas entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana.

Es importante que tenga en cuenta estas nuevas restricciones que se aplicarán durante el manejo de este tipo de vehículos para que evite recibir sanciones legales o multas por parte de los agentes de tránsito.

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Sobre el autor

Érika Ibañez

Comunicadora social y periodista de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, con experiencia en creación de contenido y redacción periodística para diversas áreas. Actualmente soy periodista digital de Vibra FM y Candela Estéreo.

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