Este documento resulta una de las necesidades de muchos colombianos dentro de sus sueños más grandes en la vida.
Foto: Canva
Tener una licencia de conducción es uno de los sueños de vida de muchas personas e incluso puede ser las metas que muchos se proponen al iniciar un nuevo año. Este documento es importante para que las personas puedan transitar libremente en vehículos por las vías del país sin tener ningún tipo de inconveniente con las autoridades que regulan el tránsito en la ciudad.
Para poder tener este documento es necesario realizar un curso del cual después de todas las clases se deben presentar un par de exámenes que validan los conocimientos adquiridos por cada uno de los estudiantes que asistieron a todas las clases que se debían tener para poder aprobar el curso completo.
El Ministerio de Transporte anunció algunos cambios que se realizaron en estas dos pruebas que deben realizar todos los interesados para obtener la licencia de conducción que estarán rigiendo próximamente para que todo aquel que se encuentre interesado en adquirir este documento lo tenga en cuenta.
Nuevas normas para adquirir la licencia de conducción
Al establecer esta nueva normativa se establecerán nuevos parámetros que se tendrán en cuenta para la presentación de cada uno de los exámenes teóricos y prácticos obligatorios para todas las personas que tomaron la cantidad de clases necesaria completa.
Según la nueva normativa, la prueba teórica de conducción se tendrá que presentar en equipos tecnológicos que estén previamente registrados en el RUNT, contando con una identificación MAC y la dirección IP para así poder garantizar trazabilidad.
El CALE estará encargado de supervisar los resultados, imágenes, audios y videos de la prueba por un periodo mínimo de seis meses con acceso inmediato y contará también con cinco años dentro de las copias de respaldo.
Por otro lado, el examen práctico se dividirá en dos partes:
- Prueba de destreza individual: se realizará en una pista cerrada, donde se evaluarán maniobras específicas como parqueo, giros y control del vehículo.
- Prueba de maniobras en vía pública: verificará el desempeño del aspirante al interactuar con otros actores de la vía y en condiciones reales de tránsito.
Según lo anunciado por parte del Ministerio de Transporte, esta nueva normativa respecto a la modalidad de presentación de los exámenes empezó a regir desde el pasado 10 de septiembre, pero será aplicada de manera gradual.
¿Cuáles son los vehículos ya no requieren licencia de conducción?
El Congreso de la República estableció un marco jurídico específico para los llamados “vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana”, categoría que hasta la fecha no contaba con una reglamentación clara y diferenciada en el Código Nacional de Tránsito.
El artículo 15 de la nueva ley establece que las personas que conduzcan vehículos eléctricos livianos con ciertas características técnicas ya no estarán obligadas a tramitar ni portar licencia de conducción. Podrá ser beneficiado solo en estos tres casos:
- Vehículos que, aunque tengan un peso mayor, no puedan superar velocidades superiores a 40 kilómetros por hora.
- Vehículos cuyo peso, incluyendo la batería, no supere los 60 kilogramos.
- Todos los vehículos que encajen en la categoría definida por el Ministerio de Transporte como “eléctricos livianos de movilidad personal urbana” y cumplan con la potencia máxima permitida de 1.000 vatios.
Es decir, aquellos que hagan uso de patinetas eléctricas, bicicletas eléctricas y otros dispositivos de transporte personal que cumplan con estas especificaciones podrán circular sin la licencia de conducción.
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