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Candela » Actualidad » Pilas, este es el dinero extra que las empresas deben pagarle a los trabajadores antes del 31 de enero
Actualidad Tatiana Carrillo 10 enero, 2025
Las empresas deben hacer el pago de los intereses de las cesantías antes del 31 de enero, te contamos cómo calcular ese valor.
Foto: CanvaSi trabajas en Colombia, es importante que sepas que antes del 31 de enero tu empleador tiene que hacer un pago adicional a las cesantías. Este dinero corresponde a los intereses generados por las cesantías durante todo el año pasado, y es un derecho que te corresponde como trabajador.
Las cesantías son una especie de ahorro obligatorio que los empleadores deben hacer por cada trabajador. Este dinero se guarda en un fondo y puede ser retirado por el trabajador en casos de necesidad, como para la compra de vivienda, educación o en caso de que se termine el contrato laboral.
Sin embargo, las cesantías no son solo el monto que se ahorra, también generan intereses que se deben pagar al trabajador.
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De acuerdo con la Ley 50 de 1990, los empleadores deben pagar un 12% anual sobre el valor de las cesantías acumuladas. Este porcentaje es lo que se considera como los intereses de las cesantías. El cálculo es bastante sencillo:
Cesantías x días trabajados x 0,12 ÷ 360.
El pago de los intereses de las cesantías debe hacerse antes del 31 de enero de cada año. Esto significa que, si trabajaste todo el año pasado, deberías recibir este dinero extra junto con tu salario o como un pago independiente. Si el empleador no cumple con este plazo, estará incumpliendo con la ley y podría enfrentar sanciones.
Si tu empleador no paga los intereses a tiempo, tienes derecho a exigir que te lo paguen, ya que es una obligación legal. En caso de que el empleador se niegue a realizar el pago, puedes acudir a las autoridades laborales para que te ayuden a resolver el problema.
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Recuerda que este pago no depende de que decidas retirar las cesantías o no. Los intereses se calculan sobre el saldo acumulado hasta el 31 de diciembre del año anterior y deben ser entregados de manera directa al trabajador.
Así que no olvides revisar si el pago de los intereses de tus cesantías ha sido hecho antes del 31 de enero y, si no, ¡exige lo que te corresponde!
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Sobre el autor
Comunicadora social y periodista de la corporación universitaria Minuto de Dios, con experiencia en creación de contenido y redacción periodística para diversas áreas, actualmente soy periodista digital de Vibra FM y Candela estéreo.v
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