Si usted cuenta con un contrato con todas las prestaciones de ley, su empresa debe pagarle la prima sin importar el tiempo que lleve en la empresa.

Dos veces al año, en junio y en diciembre, gran parte de los colombianos reciben una cantidad de dinero adicional a su salario tradicional. Al hacer la suma de estos dos montos se obtiene la cantidad correspondiente a un salario mensual del trabajador.
Este conducto se lleva de esta manera en todos los casos, siempre y cuando el empleado lleve trabajando un año o más dentro de la empresa. De no ser así, la fórmula para calcular el total de cada cifra adicional será diferente.
Este pago adicional se conoce legalmente como ‘prima de servicios’ y se entrega como un reconocimiento al empleador por cada una de sus labores desempeñadas durante el año. Así es como la empresa le demuestra al trabajador que agradeció su dedicación y esfuerzo en cada una de las funciones realizadas por su parte.
¿Todos los trabajadores en Colombia tienen acceso a la prima?
Según el código sustantivo del trabajo, la ley principal que regula cómo se deben dar las relaciones laborales en Colombia, todo empleado que se encuentre vinculado a un contrato de trabajo (de término fijo o indefinido) tiene derecho a recibir la prima de servicios.
Si el empleador ha laborado por un periodo de tiempo menor a un año dentro de la empresa con la cual firmó el contrato, el valor de la prima que le será entregada deberá calcularse de manera proporcional al tiempo laborado.
¿Qué pasa si no le pagan la prima de servicios?
Es necesario que usted esté seguro de tener una vinculación por contrato que incluya todas las prestaciones de ley por parte de la empresa en la cual está trabajando, para así saber con claridad si es beneficiario de una prima de servicios o no.
Si usted sí debe recibir este pago por parte de su empleador y no le es consignado dentro de su nómina a más tardar el 30 de junio, usted podrá iniciar un proceso legal con un juez laboral para reclamar su pago.
¿Cómo calcular el total de la prima de servicios?
Para poder calcular el total de su prima de servicios si lleva menos de un año dentro de la empresa, debe aplicar la siguiente fórmula:
- (Días trabajados x salario mensual)/360
Con esta formulación usted obtendrá la cifra exacta que le corresponde por haber trabajado cierto periodo de tiempo dentro de la empresa. Si por el contrario usted ha trabajo durante un año o más dentro de la empresa, debe calcular el monto de la siguiente manera:
- (180 días x salario mensual)/360
Es importante que usted tenga en cuenta que el año laboral consta de un total de 360 días y no 365 como lo es tradicionalmente. En caso de que este monto no le sea cancelado antes del 30 de junio, la empresa o empleador podría llegar a recibir una sanción por parte del Ministerio del Trabajo.
Ahora que sabe que la empresa debe pagarle la prima sin importar el tiempo que lleve, ¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
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