Te decimos quiénes son las personas que no reciben prima de diciembre. Hay varios tipos de contratos que no tiene este beneficio.

Se acerca la temporada de diciembre, y con ella, la esperada prima de fin de año en Colombia. Este pago adicional es una prestación social que ayuda a los trabajadores y pensionados a cubrir gastos extra durante las festividades.
Mira también: ¿De cuánto es la prima de diciembre si ganas el salario mínimo en 2024? Esto te debe llegar
Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a recibirla. Mientras que algunos grupos gozan de este beneficio, existen otros que, por distintas razones, quedan fuera de la asignación de la prima de diciembre.
¿Cuánto recibirán de prima los pensionados en diciembre?
Para los pensionados, la situación es diferente. Ellos reciben la prima de diciembre en una sola cuota anual.
Por ejemplo, si un pensionado recibe un salario mensual de $2.000.000, recibirá en diciembre una prima equivalente a $4.000.000. Es decir, el pago corresponde a dos meses de su pensión, lo que ayuda a los pensionados a afrontar los gastos de fin de año.
Mira también: Así puedes saber con tu cédula si eres beneficiario del programa Renta Ciudadana
Este pago, conocido como la “prima navideña”, será entregado en la segunda quincena de diciembre de 2024, y muchos lo consideran un apoyo esencial para disfrutar de las festividades.
¿Quiénes no reciben la prima de diciembre en Colombia?
En Colombia, la prima de servicios es una obligación para los empleadores, y se paga en dos cuotas al año: una en junio y otra en diciembre. No obstante, el derecho a recibirla está limitado a ciertos tipos de trabajadores, según lo estipulado por el Código Sustantivo del Trabajo y otros decretos.
Aquellos trabajadores que no tienen derecho a recibir la prima de diciembre incluyen a los siguientes grupos:
- Trabajadores independientes: No reciben la prima, ya que no tienen un contrato laboral formal con un empleador.
- Trabajadores bajo contrato de prestación de servicios: Este tipo de contrato no otorga derecho a la prima de servicios.
- Trabajadores transitorios: Empleados temporales que no cumplen con los requisitos de estabilidad laboral.
- Trabajadores con salario integral: Quienes tienen un salario que ya incluye todas las prestaciones sociales, incluida la prima.
- Trabajadores ocasionales o temporales: Aquellos contratados por un corto periodo de tiempo, que no cumplen con la duración suficiente para acceder a la prima.
- Aprendices o personas con contrato de aprendizaje: Los contratos de aprendizaje no son considerados una relación laboral regular, por lo que tampoco acceden a la prima.
¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
Te podría gustar…