¿Qué se aprobó en la reforma laboral? Así quedaron las horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos

¿Qué se aprobó en la reforma laboral? Tras más de 10 horas de debate, la Comisión Cuarta del Senado dio luz verde al proyecto que modifica las condiciones laborales en Colombia.

Qué se aprobó en la reforma laboralFoto: Redes sociales

Durante una jornada de casi 10 horas, fue aprobado el proyecto de reforma laboral en la Comisión Cuarta del Senado de la República. Con 13 votos a favor y 2 en contra, se superó uno de los pasos más importantes del proceso legislativo, dejando al proyecto a un debate de convertirse en ley.

La discusión ha sido seguida de cerca por trabajadores, empleadores y analistas laborales, debido a los cambios estructurales que se contemplan en temas sensibles como la jornada nocturna, la duración de los contratos y los recargos por trabajo dominical y festivo.

Cambios de la reforma laboral

La reforma laboral ha sido promovida por el Gobierno nacional con el objetivo de modernizar las condiciones de empleo en Colombia, garantizar mayor estabilidad laboral y reducir la precariedad que afecta a millones de trabajadores. En ese sentido, se han propuesto ajustes al Código Sustantivo del Trabajo, varios de los cuales ya han sido aprobados por la Comisión IV del Senado.

Uno de los ejes centrales del proyecto ha sido la regulación de los puntos aprobados de la jornada laboral, una preocupación histórica del sector laboral.

Entre las medidas adoptadas, se encuentran el fortalecimiento de la jornada laboral de cuatro días, el aumento progresivo de los recargos por trabajo dominical y festivo, así como la redefinición de los horarios para la jornada nocturna. Estas medidas buscan equilibrar las cargas laborales con el bienestar de los trabajadores y, al mismo tiempo, brindar certezas a los empleadores.

Además de los ajustes en la jornada laboral, la reforma también ha abordado el tema de la contratación. Ha sido establecida una duración máxima de cinco años para los contratos a término fijo, mientras que el contrato indefinido se estableció como la modalidad estándar de vinculación.

Esta medida pretende frenar el uso excesivo de la tercerización y de figuras contractuales atípicas que han afectado la estabilidad de miles de trabajadores en sectores como vigilancia, comercio y call centers.

Con la aprobación del proyecto en tercer debate, el texto legislativo pasará a la plenaria del Senado, donde deberá ser debatido y votado antes del 20 de junio. De ser aprobado en ese escenario, el proyecto se convertiría en ley tras su sanción presidencial.

Puntos aprobados de la jornada laboral: ¿cómo cambia el pago por hora?

Uno de los temas que más ha llamado la atención en esta reforma es el impacto económico en el valor de la hora trabajada, especialmente para quienes ganan el salario mínimo, fijado actualmente en $1.423.500, sin incluir el subsidio de transporte.

Con base en una jornada laboral de 8 horas diarias, así quedarían los valores:

  • Hora ordinaria (entre 6:00 a. m. y 7:00 p. m.): $6 189
  • Hora extra diurna (25 % más): $7 736
  • Hora extra nocturna (75 % más): $10 831
  • Hora nocturna dentro de las 8 horas diarias (35 % más): $8.355
  • Hora en domingos y festivos (100 % de recargo con la reforma): $12 378

Cabe destacar que el recargo dominical pasará del 75 % actual al 100 % de forma escalonada:

  • Desde julio de 2025: 80 %
  • Desde julio de 2026: 90 %
  • Desde julio de 2027: 100 %

Jornada nocturna y semana laboral de cuatro días

Fue aprobada también la modificación del horario que define la jornada nocturna. Con la reforma, el trabajo diurno se entenderá entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m. Del mismo modo, el turno nocturno irá desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. Esta medida aplicará a todos los empleadores, incluyendo micro y pequeñas empresas, y entrará en vigencia seis meses después de que la ley sea sancionada.

Otro de los puntos aprobados de la jornada laboral contempla la posibilidad de adoptar una semana laboral de cuatro días de trabajo y tres de descanso, manteniendo el límite de 42 horas semanales. Esta modalidad será válida siempre que haya acuerdo entre el empleador y el trabajador. No se considerará tiempo suplementario, a menos que se exceda lo pactado.

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Sobre el autor

Tatiana Carrillo

Comunicadora social y periodista de la corporación universitaria Minuto de Dios, con experiencia en creación de contenido y redacción periodística para diversas áreas, actualmente soy periodista digital de Vibra FM y Candela estéreo.v

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