¿Está el tuyo? Algunos trabajadores pierden el beneficio del auxilio de transporte, dependiendo el salario que ganan.

A gran parte de los trabajadores en Colombia se les asignan diferentes beneficios económicos que otorga la empresa si tiene un contrato donde se establezcan todas las prestaciones de ley como parte de su pago.
Estos beneficios laborales se le entregan al empleado para protegerlo y asegurarle un mínimo de bienestar, mientras se cubren riesgos y necesidades que puedan llegar a surgir durante la relación laboral.
¿Cuáles son los beneficios que incluyen las prestaciones de ley en Colombia?
Las prestaciones de ley estipuladas como obligatorias en Colombia son:
- Cesantías: un ahorro que se deposita anualmente en un fondo de cesantías, el cual debe ser el total de un salario mensual por cada año trabajado.
- Intereses sobre cesantías: este monto se le paga al empleado por el valor de sus cesantías, el cual equivale al 12% anual sobre el valor de las cesantías.
- Prima de servicios: este pago equivale a un salario mensual que se divide en dos, el primer pago en junio y el siguiente en diciembre.
- Vacaciones: un periodo de descanso que se le remunera al trabajador, el cual equivale a quince días hábiles por cada año de servicio.
- Dotación: dependiendo de la empresa se le entrega al trabajador un par de zapatos y un vestuario tres veces al año, siempre y cuando el salario no exceda los dos salarios mínimos legales vigentes.
- Auxilio de transporte: un valor que se pasa al trabajador para cubrir los gastos de transporte que se presentan desde su vivienda hasta el lugar de trabajo.
¿Cuál es el valor que se debe pagar al empleador por el auxilio de transporte?
Cada año el valor que se debe entregar al empleado por el auxilio de transporte cambia, pues se calcula teniendo en cuenta los reajustes que se le hacen de manera anual al salario mínimo legal vigente.
Para este año, 2025, el valor del auxilio de transporte se encuentra estipulado en 200.000 pesos colombianos mensuales.
¿Cuál es el monto salarial en el cual no se recibe auxilio de transporte?
De acuerdo con el artículo 1 de la ley 15 de 1959 y otras normas que están estipuladas en el Código Sustantivo del Trabajador, el auxilio de transporte solo se otorga a todos los trabajadores que devengan hasta dos veces el salario mínimo legal mensual vigente.
Esto quiere decir que si algún trabajador gana más de 2.847.000 pesos colombianos mensuales, esto teniendo en cuenta que el salario mínimo se encuentra estipulado en 1.423.500 pesos, no podrá exigir el auxilio de transporte a su empleador.
Ahora que sabes que algunos trabajadores pierden el beneficio del auxilio de transporte, ¿Qué opinas? Escribe lo que piensas en los comentarios de nuestras redes, ¡y dale compartir!
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